Según aparece en la
Orden 502/2013 de 25 de
febrero "Para
facilitar el ejercicio del voto por correo, los centros proporcionarán con
antelación suficiente a los solicitantes de esta modalidad la papeleta de
votación y un sobre para entregarla de forma confidencial. Quienes hagan uso
del voto por correo enviarán el sobre de votación por correo postal al centro,
acompañado de una fotocopia del DNI o documento acreditativo equivalente. Para
ser considerados válidos, los votos por correo deben obrar en poder de la mesa
electoral antes de la realización del escrutinio."
Por lo tanto, si desean ejercer su voto por correo postal,
- pueden recoger la papeleta y los sobres en la conserjería del centro o descargársela desde este enlace.
- Introduzca la papeleta cumplimentada en un sobre pequeño
- En un sobre más grande introduzca el sobre pequeño cerrado y una fotocopia del DNI o documento acreditativo equivalente.
- envíe el sobre grande al centro con la antelación suficiente para recibirlo como tarde el día 12 de abril. Las cartas recibidas con posterioridad a esta fecha no serán válidas